Sorprendentes Conclusiones de los últimos estudios sobre la Hipoteca Inversa y las Rentas Vitalicias Inmobiliarias. 09/02/2011

Muchas personas nos han consultado sobre nuestra opinión en relación a los recientes estudios publicados por empresas que, como Jubilarse en Casa SL, trabajan en la gestión de recursos económicos para personas mayores en base al uso de la vivienda que tiene en propiedad.

Los resultados de estos estudios son, a nuestro juicio y en base a nuestra propia experiencia profesional desde 2007, sorprendentes. Digamos que se alejan diametralmente del resultado del asesoramiento que ofrecemos diariamente a clientes en toda España. Y nos proponemos explicar el porqué conviene disponer del mejor asesoramiento posible antes de tomar una decisión tan trascendente como es usar el patrimonio inmobiliario para generar liquidez.

Renta Vitalicia Inmobiliaria.

Esta operación es básicamente una compraventa de la vivienda por parte de un tercero (inversor) con el pago fraccionado del precio de adquisición en forma de renta mensual (aunque existen diversas modalidades), quedando el anterior propietario como usufructuario vitalicio. Esta modalidad ya ha sido comentada en otros artículos publicados en este mismo blog.

Nos sorprende que todavía se publicite su contratación porque este tipo de operaciones inmobiliarias/financieras basan su atractivo en la revalorización del bien inmueble adquirido (sabemos que desde mediados de 2007, los valores inmobiliarios has descendido, llevando dos años de descensos continuos sin perspectiva de recuperación en el próximo lustro). Porque, en esencia, el inversor está haciendo una operación de compraventa de una vivienda con pago del precio aplazado, esperando que el usufructuario (antiguo propietario) fallezca en un plazo relativamente corto, ya que, de otra manera, el negocio puede ser ruinoso para el inversor (lo que muchas veces ha dado pie al famoso moobing inmobiliario).

Sólo podemos imaginar que este producto sea atractivo para el inversor si la valoración de la propiedad se hace con un fuerte descuento sobre su valor actual de mercado y, en consecuencia, los pagos fraccionados normales (rentas a percibir por el usufructuario en un plazo estadístico normal) en su conjunto son inferiores a un 30-50% del valor actual de la vivienda. Aún con estas premisas, si el propietario actual es muy mayor (próximo o superada ya su esperanza estadística de vida, o sea rondando los 80 años), las rentas mensuales a cobrar pueden ser elevadas, lo que es atractivo especialmente en aquellos casos en los que el usufructuario no tiene descendencia directa (que no quiere decir que no tenga herederos).

Desde Jubilarse en Casa SL siempre hemos desaconsejado esta operación aunque se cumplan estos condicionantes que pudieran hacer económicamente más atractiva la operación (persona muy mayor sin descendientes). El motivo principal estriba en el riesgo que supone perder la propiedad ya que la decisión de realizar una Renta Vitalicia Inmobiliaria no es económicamente reversible (no se puede cambiar) y no será ni uno ni dos los casos de extrema longevidad del usufructuario que requieran de atenciones específicas costosas a medida que se aumenta su dependencia psíquica o física, sin que pueda disponer de la propiedad (p.e. para venderla o alquilarla) y así complementar los ingresos de la renta vitalicia inmobiliaria que pueden quedar cortos (p.e., contratar más personal o más cualificado en casa, tratamientos farmacológicos o médicos, traslado a residencias asistidas,…). Bien, un largo sinfín de situaciones futuras que no pueden atenderse porque se desprendió totalmente de la vivienda en una decisión irreversible. Recomendamos no perder nunca la titularidad de la vivienda.

Hipoteca Inversa Vitalicia.

Aquí entramos en un mundo de “magos”. Resulta ser que en uno de los estudios sobre Hipoteca Inversa aparecen en las primeras posiciones productos de este tipo. Debemos recordar que la Hipoteca Inversa tiene dos modalidades básicas, la temporal (se perciben rentas durante una serie de años concretos) y la vitalicia (estas rentas se perciben de forma indefinida, elemento, a priori, muy conveniente).

Aunque todos desearíamos cobrar una rentas hasta el fallecimiento, esto sólo es posible si se contrata un Seguro de Rentas Vitalicias (en modalidad Diferida o, mucho peor, Inmediata), que tiene un coste en forma de prima única que se desembolsa a la formalización de la Hipoteca Inversa (mediante la disposición de una cantidad inicial del crédito que sirve para financiar este seguro). El importe de esta prima es muy elevado (¡) en la mayor parte de los casos y su aplicación (su beneficio) sólo se empieza a vislumbrar a partir de la fecha de inicio cobertura (normalmente sólo en caso de alcanzarse los 90-95 años de edad (¡)) y se justifica su contratación respecto a su coste al transcurrir los primeros de 2-3 años (con lo que contaremos con entre 92 y 98 años (¡!).

No hace falta ser “matemático” para saber que menos de un 2% de la población alcanza tal edad con lo que en más de un 98% de los casos, quien hace “negocio” es la compañía de seguros con quien se suscribe el Seguro de Rentas Vitalicias. Ello teniendo en cuenta además que esta modalidad de Hipoteca Inversa así formulada reduce notablemente la renta mensual a cobrar, y la deuda total del crédito se incrementa con el importe de la prima única inicial (capital) más los intereses compuestos acumulados a lo largo de los años.

En Jubilarse en Casa SL aún tenemos que descubrir un solo caso de particular al que le salga a cuenta contratar (desde el punto de vista económico) una Hipoteca Inversa Vitalicia.

Puestos a analizar el porqué de esta situación, en infinidad de ocasiones desde Jubilarse en Casa SL hemos recomendado a las Entidades Aseguradoras y Financieras que periodifíquen el cobro de la prima del seguro y que incorporen opciones de recuperación parcial o total del importe de las primas abonadas en caso de fallecimiento anticipado o de cancelación anticipada del crédito de Hipoteca Inversa.

Hasta la fecha, oídos sordos.

Lógico a tenor del sustancial negocio que les genera la colocación de este tipo de Seguros de Rentas Vitalicias tal y como están formulados.

Hipoteca Inversa con Aval.

Otro gran “descubrimiento”. Resulta ser que el top de los productos analizados en este Estudio se lo lleva una opción de Hipoteca Inversa “heredada”. Si la Hipoteca Inversa es un crédito con garantía hipotecaria que sólo puede ser garantizada adicionalmente (según Ley 41/2007) con el patrimonio del difunto en caso de que la deuda contraída sea superior al valor del inmueble (imaginemos que el titular vive muchos, muchísimos años y que la deuda acumulada en la Hipoteca Inversa supera el Valor de la vivienda. La Entidad acreedora sólo puede reclamar hasta donde alcancen el resto de los bienes de la herencia; si ésta estuviera formada por la vivienda hipotecada y una libreta de ahorros con 100 €, pues esos serían los bienes que cómo máximos responderían como garantía de la deuda acumulada en el crédito), alguna Entidad ha descubierto cobro “cubrirse las espaldas”.

Corrompiendo el principio que “las deudas no se heredan, sí los bienes aunque estén hipotecados”, alguna Entidad obliga a los descendientes (hijos) de los propietarios de la vivienda a avalar el crédito.

Con esta acción, la Entidad se asegura que en el caso (muy improbable, reiteramos) que la deuda sea superior al valor del conjunto del patrimonio de los difuntos, serán sus descendientes quienes reintegrarán de su patrimonio el saldo negativo pendiente de liquidar con la Entidad.

Hace años hablamos con estas Entidades. Y les formulamos la pregunta: “¿cómo sabéis vosotros que los descendientes van a ser los herederos de la vivienda hipotecada?”.

Silencio como respuesta.

Evidentemente, eso no iba con ellos, ya que afianzar el crédito con garantías adicionales a ellos les ofrecía plena seguridad en la recuperación del crédito aunque quien tuviese que responder por la deuda no llegase a ser el heredero de los bienes del difunto (¡). Ello, como hemos indicado, sólo para casos muy, muy puntuales (las Entidades ya se “guardan” de otorgar endeudamientos elevados en relación con las valoraciones conservadoras de las viviendas) mientras que obligan a todos los descendientes a asumir una garantía cierta que les condicionará financieramente hasta la liquidación de la deuda de su ascendiente (aparecen en los registros de Riesgos del Banco de España, les limita su propia capacidad de endeudamiento o de afianzamiento hacia terceros, como pudiesen ser sus propios hijos,…).

¿No les parece “cuestionable” que alguien diga que este tipo de operaciones es quizás de las más contratadas cuando lo habitual es que la práctica totalidad de las Entidades no requieran este tipo de garantías adicionales para sus Hipotecas Inversas?. A nosotros, mucho.

Conclusiones

Sorprendente todo ello, desde nuestro punto de vista de asesoramiento diario y desde el juicio profesional. En Jubilarse en Casa SL hemos reflexionado acerca de los motivos que pueden haber llevado a enfatizar los beneficios de la Renta Vitalicia Inmobiliaria y, especialmente de los ránquines de las operaciones de Hipoteca Inversa más realizadas. Estas son nuestras conclusiones:

1)      La Renta Vitalicia Inmobiliaria está en franca decadencia debida a la evolución negativa del mercado inmobiliario y especialmente frente a herramientas financieras como la Hipoteca Inversa que introducen mayor equidad en el cociente beneficios/cargas (aunque no en todos los casos, como hemos observado anteriormente).

2)      La orientación preliminar y gestión posterior que se realiza a los particulares no es objetiva. Entendemos que confluyen dos elementos:

  1. El posible cobro de comisiones por parte de asesores “aparentemente independientes” procedentes de las Entidades Aseguradas y Financieras en la “colocación” de sus productos.
  2. La falta de conocimiento sobre la realidad de la oferta existente en el mercado, que puede hacer dirigir la demanda de Hipotecas Inversas hacia unos pocos productos, desconsiderando al resto.

3)      No existe un código de conducta en el Sector ni se aplica la obligación de proveer al particular de un Asesoramiento Independiente por parte de la Entidad Acreedora.

  1. La Intermediación en España se entiende como alguien que está entre la oferta y la demanda y que, si puede, cobra de ambas. Falta de ética, profesionalidad, intrusismo,…, disfunciones que son reguladas recientemente por la Ley 02/2009.
  2. El Legislador no ha desarrollado el Reglamento de la Ley 41/2007 donde debería especificarse qué se entiende por Asesoramiento Independiente (recordemos que obligatoriamente debe proveerlo la Entidad Acreedora) y tan sólo existe un modelo de buenas prácticas que sólo está extendido entre algunos actores del mercado.
  3. El particular no conoce sus derechos como consumidor y confunde el asesoramiento financiero independiente con el intermediario que percibe “incentivos” de la oferta.

¿Qué hacemos y Cómo lo hacemos desde Jubilarse en Casa SL?

En Jubilarse en Casa SL trabajamos por y para el cliente particular.

1)      Actuamos como representantes de él frente a todo el mercado de ofertantes de Hipotecas Inversas.

2)      Disponemos de un código de conducta: creemos y cumplimos con el valor de la independencia (por escrito, ratificamos que no percibimos ningún tipo de compensación de ninguna clase por parte de las Entidades ofertantes de productos de Hipoteca Inversa).

3)      Sí, trabajamos con la industria, pero sólo para que mejoren sus productos, su comercialización y exposición, para lograr cumplir con las expectativas de transparencia y profesionalidad a las que todos los particulares tienen derecho, en especial el segmento de personas mayores al que se dirigen estos productos.

4)      Si los clientes que confían en Jubilarse en Casa SL prácticamente nunca contratan los productos que los Estudios destacan y sitúan en las primeras posiciones del ranking, por algo será.

No se la juegue con quien le limite la información y no le ayude a acceder a la globalidad del mercado de Hipoteca Inversa de forma transparente y sin presiones. La Hipoteca Inversa es un producto suficientemente complejo y su decisión tan trascendental que dejarla en manos del criterio de unos pocos con intereses cruzados no parece la mejor de las decisiones que uno puede tomar en la vida.

Y como decían hace años: busque, compare y si encuentra algo mejor,…, contrátelo. Esa es la máxima de Jubilarse en Casa SL y estamos para demostrárselo.

rss_gran twitter_granfacebook_gran

Escrito por jjorge el 9/02/2011 - Categoría:Opinión de JEC

Sobre la Reforma de las Pensiones. Acuerdo para generalizar la precariedad económica de los futuros pensionistas. 02/02/2011

Sin duda, debemos felicitarnos por haber logrado que los mayores y sus pensiones ocupasen la primera portada de los medios y muchas tertulias en estos últimos meses, aunque fuese con la intencionada excusa de contentar al Directorio Europeo que supervisa la economía española y su requisito de recortar el coste futuro de las pensiones en relación al PIB español (en 2008, un 9,2% del PIB, un “negocio” de tan sólo 920.000.000.000 € al año).

Buena Noticia: las pensiones están garantizadas y el sistema es sostenible en el futuro: hoy sabemos que todos tendremos pensiones inferiores a las actuales y envejeceremos en un entorno de privaciones. Mil gracias a Sindicatos y partidos Políticos por garantizarnos seguir con la precariedad que hoy vivimos, en nombre de millones de pensionistas, parados y mileuristas. Si todo va bien (y somos optimistas), España sólo gastará el 13% de su PIB en 2030 (aunque tendrá cerca de 11 millones de pensionistas por los 8 millones de hoy). Echen cuentas, que ahora lo explicamos.

Bien es cierto que motivos estructurales para reformar el actual Sistema de Pensiones los hay en tanto que el envejecimiento poblacional y sus altas esperanzas de vida requieren adaptar la estructura financiera que da cobertura a las prestaciones públicas. Pero ni hemos optado por mejorar la eficiencia del Sistema (reducir gastos administrativos, prestaciones adicionales a las pensiones) ni en aumentar la base de ingresos (al Sistema no contribuye ni la economía productiva ni la especulativa, sólo el factor trabajo-laboral en forma de cotización), focalizándonos únicamente en reducir prestaciones: la moda “low cost” tiene una cara amarga cuando afecta al estado del bienestar.

A. Las Bases de la Reforma.

La base de la Reforma es la contención de costes futuros (reducción de la masa monetaria destinada primordialmente al pago de las pensiones contributivas) frente al crecimiento del número de beneficiarios y de los años de cobro de estas prestaciones. En ningún caso se ha incidido en el vector financiación (hoy tan sólo procedente de las cotizaciones sociales que realizan empresas, autónomos y trabajadores). Así pues, el Sistema de Pensiones seguirá adoleciendo de una falta crónica de recursos económicos, que irá creciendo a medida que el Cambio del Sistema Productivo español tienda a un aumento de la productividad y no de la ocupabilidad (con tasas de desempleo estructural superiores al 10%).

B. Las Herramientas de la Reforma.

¿Cómo logramos reducir la masa monetaria que suponen las futuras pensiones contributivas?. Esencialmente, conjugando tres medidas:

(1)    Retraso de la edad de jubilación (de 65 a 67).

(2)    Aumento del periodo de cómputo de la vida laboral para determinar la prestación (de 15 a 25 años).

(3)    Aumento del número de años cotizados exigidos para disponer de la pensión completa (de 35 a 37 años).

Estas tres medidas disponen de un calendario de aplicación gradual para evolucionar del actual modelo (65/15/35) al propuesto (67/25/37).

Eso sí, si quiere jubilarse a los 65, deberá haber contribuido durante 38,5 años en 2027 (o sea, ininterrumpidamente desde los 26,5 años, aumentando en 6 meses cada 2 años a partir del año 2013) y por cada año que se adelante la jubilación (se eleva de 61 a 63 la edad de la jubilación anticipada) sin contar con esa carrera laboral (pero con un mínimo de 33 años cotizados), se recortará la pensión un 7,5% (máximo recorte del 42%).

Y si decide prolongar su actividad laboral, su pensión se incrementará entre un 2-3% anual por año trabajado.

C. Calendario de la Reforma.

(1)    Retraso de la edad de jubilación.

  1. empezará en 2013 y se ajustará hasta 2027. En ese plazo, se irá aumentando la vida laboral del trabajador un mes y medio más cada año (un mes cada año entre 2013 y 2019 y entre 2019 y 2027, este período pasará a ser de dos meses).
  2. Se tendrán en cuenta mujeres que atienda a hijos (9 meses por hijo) y jóvenes con becas de postgrado (max. 2 años) para aumentar el computo cotizado.

(2)    Aumento del periodo de cómputo de la vida laboral para determinar la prestación.

  1. empezará en 2013 y se ajustará hasta 2022.

(3)    Aumento del número de años cotizados exigidos para disponer de la pensión completa.

  1. empezará en 2013 y se ajustará hasta 2027.

D. Los efectos económicos de la Reforma

La reforma permite que los actuales trabajadores hasta los 50 años (los nacidos hasta el 1960) puedan conocer en qué condiciones accederán a su jubilación. Saben que accederán más tarde y deberán haber cotizado más años. Económicamente, ello les supondrá (en términos medios):

(1)    Retraso de la edad de jubilación.

  1. 10% de disminución de la pensión en cifras absolutas.

(2)    Aumento del periodo de cómputo de la vida laboral para determinar la prestación.

  1. 8% menos de pensión mensual.

Así pues, los futuros pensionistas de dentro de 10-15 años tendrán una pérdida media en su pensión de un 18%, siendo conscientes que la pensión media actual es de 904 €/mes. Esta media estará afectada por los efectos de la actual crisis sobre los mayores de 52 años y los procedentes de prejubilaciones impulsados por EREs (hoy, el 30% de los pensionistas accede desde el desempleo, siendo el 10% los que proceden del desempleo de los mayores de 52 años).

E. Y a partir del 2027, ¿qué?

El Gobierno y Sindicatos defienden la Reforma porque garantiza el futuro de las pensiones. Pero no definen qué futuro. A partir del 2027, estas condiciones de jubilación pactadas que determinan un importe de pensión, se adaptarán a las circunstancias demográficas de la población (estableciéndose medidas de ajuste automático).

Y es que a partir del 2027, se jubilará la generación del baby boom español (los nacidos a finales de los 60 y en la década de los 70), los que actualmente tienen 35-45 años. Un gran volumen de nuevos pensionistas (actualmente se jubilan unos 250.000 ciudadanos al año, que en aquellos años se doblará), con carreras laborales precarias (actual paro juvenil del 42%, que implica que son jóvenes que no cotizan ni contribuyen al sistema de pensiones) y que son seguidos por un “gran vacío” poblacional (iniciado a finales de los 70 y sostenido hasta el año 2000, con un ligero repunte a partir de esos años, pero con tasas de fecundidad de 1,2 hijos por mujer, claramente insuficiente para el reemplazo generacional).

A partir del 2027, si no se incrementa las fuentes de financiación del Sistema de Pensiones hasta esa fecha, los cotizantes (por volumen y bases de cotización) serán claramente insuficientes para atender a los nuevos pensionistas y mantener las prestaciones de los ya jubilados.

La advertencia está hecha. La Reforma Actual sólo sirve para ganar tiempo pero no ha incidido en la Reforma Estructural que se reclamaba para garantizar unas condiciones de jubilación futuras para todos los trabajadores. Vejez no debe significar Pobreza.

En cualquier caso, si quieren tener una jubilación digan, más les vale que empiecen a ahorrar!.

twitter_gran facebook_granrss_gran

Escrito por jjorge el 2/02/2011 - Categoría:Opinión de JEC

2011. Los pensionistas siguen perdiendo poder adquisitivo, especialmente en las pensiones mínimas. 31/12/2010

En las últimas semanas hemos conocido los incrementos que se aplicaran en 2011 a las Tarifas de los Servicios Básicos, aquellos que afectan al común de los ciudadanos, con independencia de su poder adquisitivo.

Repasemos algunas de estas subidas prevista sin querer extendernos demasiado en las particularidades que se encuentran en cada municipio y Comunidad:

1)      Electricidad: Sube un 9,8% la tarifa de último recurso (TUR), a la que están acogidos 17 millones de hogares.

2)      Tarifa básica del Gas Natural sube una media del 3,9% y el Butano sube un 3,13% y la bombona pasa a costar 13,19 euros.

3)      El barril de petróleo cotiza por encima de los 94 dólares y lo más seguro es que siga subiendo, lo que tendrá repercusiones en el coste del transporte y la cadena que lleva los productos hasta el consumidor final. Traducción: aumento del precio de los alimentos, bebidas, ropa, calzado,… influido también por el aumento del coste de los cereales y piensos animales, que pueden llevar a incrementar el precio del pan un 10% y la pasta un 16%.

4)      Transportes Públicos. Dependiendo del operador de cada Sistema, tenemos:

  1. Renfe ha anunciado subidas del 2,3% en los trenes AVE y Larga Distancia, del 3,1% en Cercanías y Media Distancia y del 4,1% en el servicio Avant.
  2. Metro y Autobuses suben de media el 3%.
  3. Peajes suben entre el 1,5% y el 4%.

Sin duda, el Coste de Vivir (el real, no el de las estadísticas del IPC) se va a elevar significativamente desde mañana mismo, sin descartar que durante el 2011 la presión de los mercados pueda llevar a nuevos encarecimientos del precio de la energía y a mayores presiones fiscales para reducir el déficit del Estado (posibles nuevas subidas en impuestos como el IVA y los impuestos especiales).

Pensiones

Con este panorama, los pensionistas deben afrontar el 2011 con sus pensiones congeladas a excepción de las pensiones mínimas que se revalorizan en torno al 2,3 % (pero de los que el 1,3% es debido a la desviación sobre las previsiones de inflación del Gobierno, con lo que la subida es sólo del 1%).

Las Nuevas Pensiones Mínimas

2010 (€/mes)

2011 (€/mes)

Variación

JUBILACION

Titular con 65 años o más

Con cónyuge a cargo

725,20 €

742,00 €

2,32%

Con cónyuge no a cargo

557,50 €

570,40 €

2,31%

Unidad económica unipersonal

587,80 €

601,40 €

2,31%

Titular menor de 65 años

Con cónyuge a cargo

679,70 €

695,40 €

2,31%

Titular con 65 años procedente de gran invalidez

Con cónyuge a cargo

1.087,80 €

1.113,00 €

2,32%

INCAPACIDAD PERMANENTE

Gran Invalidez

Con cónyuge a cargo

1.087,80 €

1.113,00 €

2,32%

Absoluta

Con cónyuge a cargo

725,20 €

742,00 €

2,32%

Con cónyuge no a cargo

557,50 €

570,40 €

2,31%

Unidad económica unipersonal

587,80 €

601,40 €

2,31%

VIUDEDAD

Titular con cargas familiares

679,70 €

695,40 €

2,31%

ORFANDAD

179,40 €

183,70 €

2,40%

SOVI

375,70 €

384,50 €

2,34%

PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS

339,70 €

347,60 €

2,33%

Como el resto de los ciudadanos, los pensionistas deberán ser mucho más selectivos en cuanto a sus patrones de gasto, restringir gastos superfluos, con la dificultad de no poder disponer de mayores ingresos, menos prestaciones públicas y menor capacidad de ayuda familiar y de haber consumido ya parte de sus ahorros. ¿Qué más podemos hacer?.

A nivel personal, seguir utilizando eficientemente el patrimonio que uno ha acumulado en vida como ya han realizado muchos pensionistas. Esta decisión debe ser tomada con pleno conocimiento de sus efectos y a ello nos prestamos los profesionales de Jubilarse en Casa SL tal y como venimos haciendo de forma creciente desde 2007. ¿Ha llegado ya la hora de plantearse formalizar una Hipoteca Inversa?. Antes, asesórese sobre sus características, pros y contras, para que contratarla le suponga una mejora real de su Calidad de Vida y Autonomía Económica.

2011 será un año difícil pero los propietarios de viviendas disponen de la Hipoteca Inversa para que envejecer no signifique vivir peor.

JUBILARSE EN CASA SL, siempre a su lado, ofreciendo Soluciones con la Mejor Hipoteca Inversa

¿Quiere saber qué hacemos?

rss_granfacebook_grantwitter_gran

Escrito por jjorge el 31/12/2010 - Categoría:Opinión de JEC

Hipotecas para mayores sí, siempre y cuando sean Hipotecas Inversas. 20/12/10

Hoy leemos en La Vanguardia un artículo titulado “Las entidades financieras ya admiten hipotecados de 77 años”. En un cuadro de este artículo, encabezado por el titular “Viejos y Ricos en Piedras” se comentan aspectos relativos a la financiación hipotecaria que podrían obtener los mayores de 65 años con vivienda en propiedad y se destaca la Hipoteca Inversa entre otros créditos. Desde Jubilarse en Casa SL, como expertos en el uso de la Hipoteca Inversa, queremos comentar algunos aspectos de este artículo.

Los créditos y préstamos hipotecarios deben devolverse

Obvio. Evidente. Desde el punto de vista de la banca, se concede una financiación en plazos que permitan razonablemente esperar que el deudor tenga capacidad económica para devolver el capital prestado y los intereses generados mediante pagos periódicos (10. 20,…, 50 años) o amortización anticipada. La mayor esperanza de vida de los españoles permite teóricamente alargar el plazo de amortización del crédito más allá de la edad de jubilación (actualmente 65 años), teniendo en cuenta que con una pensión contributiva (el importe medio de las nuevas pensiones se sitúa por encima de los 1.200 €/mes) también pueden disponerse de recursos mensuales para continuar haciendo frente al pago de la cuota hipotecaria prevista.

Afortunadamente, una vez jubilados, tenemos entre 15 y 20 años más de vida para seguir pagando crédito. Pero, cuidado, hemos de ser conscientes que las necesidades derivadas del envejecimiento (Dependencia y Salud esencialmente) son crecientes y parte de nuestros recursos económicos deberán dedicarse a esta atención.

Las Entidades Financieras (por necesidad) han superado el debate actual de la edad de jubilación. Pero los ciudadanos no deberían caer en la tentación de seguir contando con ingresos futuros para atender a gastos corrientes, por muy seguro que sea el cobro de la pensión ante la incertidumbre del coste del cuidado que necesitaremos a medida que envejezcamos.

Para los mayores con necesidades económicas, la Hipoteca Inversa es la solución

En el apartado del artículo “Viejos y Ricos en Piedras” se comenta sobre la riqueza inmobiliaria de los españoles pero se mezclan conceptos. En general, los mayores no deberían solicitar créditos a medio-largo plazo (+ 5 años) que deban amortizar ni deberían vincular a la deuda a terceros (titulares o avalistas) por la cadena de responsabilidades que se transmite en caso de no poderse cumplir con los compromisos asumidos. Y formalizar un préstamo hipotecario, disponiendo de un capital inicial para contratar un Seguro de Rentas Vitalicias suele ser un mal planteamiento en caso de defunción súbita del cliente. Pero mucho peor puede ser la opción de obtener todo el capital inicial posible y dedicar parte de él a amortizar las cuotas hipotecarias resultantes. Ojo con los Intermediarios Financieros que principalmente persiguen obtener sustanciosas comisiones iniciales antes que asesorar al cliente.

Los mayores pueden ser financieramente autónomos formalizando una Hipoteca Inversa contando como garantía su vivienda en propiedad (principal o secundaria) sin tener que venderla. Por su complejidad y diversidad de propuestas e implicaciones, la Ley 41/2007 requiere que un Asesor Independiente oriente al ciudadano antes de formalizar cualquier operación de Hipoteca Inversa.

En Jubilarse en Casa dispone desde 2007 de profesionales expertos en Hipoteca Inversa, que le orientarán y gestionarán en su caso, la obtención de la mejor Hipoteca Inversa posible.

Escrito por jjorge el 20/12/2010 - Categoría:Opinión de JEC

Pacto de Toledo. Un juguete político sin poder en tiempos de especulación económica. 17/12/2010

Desde fuera y hasta finales de Enero de 2011, parece que en seno del Pacto de Toledo se está discutiendo sobre el futuro de nuestras pensiones. Y eso es cierto,…,o eso quisiéramos. Pero, en las circunstancias actuales, su efecto real no va más allá de una elaborada charla de sobremesa, respetando el enorme trabajo que todos sus integrantes llevan a cabo.

El Pacto de Toledo sirve, desde 1995, para debatir y elaborar propuestas consensuadas entre estamentos sociales (grupos políticos, sindicatos,…) que se remiten al Gobierno y al Congreso para que sean tenidas en cuenta antes de abordar cualquier cambio legislativo en materia de Pensiones. El problema actual es que el Gobierno quiere cumplir, antes que con sus ciudadanos, con la extorsión y el miedo que le impone el escenario económico creado por el Capitalismo Especulativo (*) entre las rigideces de la des-Unión Europea.

¿Qué estrategia plantea el Gobierno para justificar las medidas impuestas desde el exterior?. Pues, ante el miedo, la alarma. ¿Alguien cree que deben tomarse medidas de reducción de las pensiones y alargamiento de la edad de jubilación (antes que recortar inmediatamente privilegiadas pensiones y prerrogativas de, por ejemplo, cargos electos o prejubilaciones) porque hoy el Sistema Público de Pensiones corre un riesgo inmediato de insolvencia?. No, nadie mínimamente informado.

El Sistema debe reformarse en profundidad para dar continuación a los cambios demográficos a partir del 2020, en los escenarios prospectivos más adversos. La decisión de reducir los derechos de los ciudadanos comunes sólo responde al miedo de un Gobierno de tomar decisiones responsables hacia sus ciudadanos y en contra de los criterios impuestos desde el exterior.

Trágico final para el socialismo español, que destruye, a cada paso que da, su ideología más profunda a favor de la rendición al miedo. Que el socialismo gobierne España con las directrices impuestas por los mercados de capitales en medio de un Estado de Alarma es un sueño hecho realidad para la derecha más conservadora que ya huele a poder con el triunfo de los poderes fácticos existentes en cualquier sociedad.

(*) A tener en cuenta: cuando hablamos de Capitalismo Especulativo nos referimos principales a las actuaciones que gestores de fondos de inversión realizan en el mercado para condicionar la evolución de los activos financieros. Estos gestores (cabecillas) “mueven” el dinero no solo de ricos y poderosos (poderes facticos),…., sino esencialmente el dinero de los pequeños ahorradores. Piensa, ciudadano, que el dinero que inviertes o ahorras sirve de “combustible” para que tus gestores especulen contra los derechos que como sociedad tanto nos ha costado construir. Exige Responsabilidad Social a tus gestores (y no regalos ni premios) y conoce y reflexiona en qué están invirtiendo tu dinero,…, no sea que se esté utilizando para destruir tu modo de vida y empobrecer la sociedad en la que estas conviviendo.

La historia nos enseña que la última palabra siempre, siempre la tiene la suma de todos nosotros.

Escrito por jjorge el 17/12/2010 - Categoría:Opinión de JEC

Éxito en el Tercer Aniversario de aplicación de la Ley que regula la Hipoteca Inversa en España. 14/12/10.

El pasado 09/12/2010 se cumplió el tercer aniversario de la aplicación de la Ley 41/2007 de Reforma del Mercado Hipotecario en la que se reguló, por primera vez en España, la Hipoteca Inversa (Disposición Adicional Primera). Ver enlace al texto íntegro de la Ley publicada en el BOE 294 del 08/12/2007).

El entorno que impulsó la Ley

Esta Ley se formuló para poder flexibilizar el mercado hipotecario, que ya daba señales de alcanzar su máximo desarrollo a la sombra del potente mercado inmobiliario español. Recordemos que el mercado inmobiliario inició el pasado ciclo de crecimiento en 1996 (después del derrumbe que experimento el ciclo anterior ‘86-‘92), ciclo que ha sido extraordinariamente longevo (hasta el 4TR del 2007) gracias a la entrada de España en el EURO (que impulsó el crecimiento con gran liquidez de créditos a bajo coste a partir del año 2.000).

El legislador también aprovecho la circunstancia para incorporar, en una disposición adicional, una regulación propia para la Hipoteca Inversa (esencialmente como instrumento financiero privado para dar cobertura al desarrollo de la conocida como Ley de la Dependencia formulada un año antes). Asimismo, se regulaba un producto que diversas Cajas de Ahorros habían introducido ya en el mercado interpretando la tradición anglosajona de los Reverse Mortgage o HECM norteamericanos y los LifeTime Loans ingleses.

Situación Actual

Desarrollar la Hipoteca Inversa tenía y tiene un innegable sentido económico y social. Al albor del crecimiento de los precios inmobiliarios, la “riqueza inmobiliaria” de los propietarios de viviendas se había “disparado”. Por tradición y por realismo económico, un 90% del parque de viviendas había sido adquirido y ocupado por sus propietarios (menos de un 10% estaba disponible en alquiler), con lo que se adquiría patrimonio (mediante financiación ajena que se amortizaba durante los años de actividad laboral) y que constituía una patrimonio libre de cargas al alcanzar la jubilación. Este patrimonio, fruto del “ahorro” que genera la necesidad de abonar cuotas mensuales para devolver el préstamo hipotecario, podía legarse a futuros herederos o bien utilizarlo al envejecer, como bien de transacción a cambio de servicios asistenciales (en nuestro Código Civil existe la figura de la Renta Vitalicia Inmobiliaria desde hace más de un siglo).

Precisamente este último uso que puede dársele al patrimonio inmobiliario en vida (la “compra” de servicio asistenciales: contratar personal a domicilio, trasladarse a una residencia,…) inspiró la formulación de la regulación sobre la Hipoteca Inversa; la vivienda actuaba de “monedero, facilitando la obtención de un crédito del cual se disponen de cantidades únicas o periódicas en función del coste de los servicios requeridos. El patrimonio (la vivienda) se “grava” con una carga hipotecaria sólo en proporción del uso dado a ese “monedero”, con lo que sólo se compromete la parte realmente utilizada de este patrimonio pudiendo legarse a los herederos el resto, además de las posibles plusvalías inmobiliarias que se generasen en el tiempo. La Hipoteca Inversa es “justa” para todas las partes, no como las antiguas Rentas Vitalicias Inmobiliarias.

Pero, además de este uso de “monedero” asistencial, la Hipoteca Inversa se ha desarrollado en múltiples frentes a lo largo de estos 3 años: además de atender a las necesidades derivadas de la “dependencia asistencial” de sus propietarios, la Hipoteca Inversa permite obtener “liquidez inmobiliaria” (evitando malvender patrimonio), permite complementar pensiones (reducidas en el ámbito de la viudedad, las no contributivas o las de autónomos o bien permitiendo mantener el “nivel de vida” a aquellos pensionistas que reducen sus ingresos laborales en el momento de su jubilación).

Pero también los ciudadanos están utilizando la Hipoteca Inversa para ayudar económicamente a su entorno familiar en estos momentos de crisis o como herramienta financiera para poder reformar su vivienda o rehabilitar los elementos comunes de fincas residenciales, en un contexto de crisis y restricción de otros productos financieros.

El fuerte crecimiento de la demanda de Hipotecas Inversa ha generado ciertas frustraciones entre algunos ciudadanos. La razón fundamental es la delicada situación que viven las Entidades Financieras que operan en España así como sus procesos de reestructuración y reordenación, que han menoscabado la confianza de clientes y de propios empleados en sus Entidades. Esa es la razón fundamental por la que en muchos casos, cuando el ciudadano acude directamente a su Entidad a interesarse por la Hipoteca Inversa, o no obtiene respuesta o simplemente se le indica que “ya no se hacen”!!.  Y cuando estos mismos ciudadanos acuden a intermediarios financieros ávidos de clientes a los que cobrar enormes comisiones, muchas de las operaciones viables de Hipoteca Inversa no consiguen llegar a buen puerto (o sólo para el intermediario).

En España existen empresas profesiones en Asesoramiento Independiente en Hipoteca Inversa, como Jubilarse en Casa SL, que dan respuesta a la obligación que tienen las Entidades Financieras de ofrecer un asesoramiento independiente a sus clientes antes de contratar una Hipoteca Inversa (obligación regulada por la Ley 41/2007).

Empresa como Jubilarse en Casa SL, especialistas en Hipoteca Inversa desde 2007 y que ya intervinieron en la redacción de la Ley 41/2007, son las que trabajan exclusivamente con este producto y conocen tanto las necesidades que plantean los clientes como las ofertas y características disponibles de las Hipotecas Inversas existentes en España.

La Gestión Profesional es esencial en la contratación del producto adecuado, ya que una mala contratación puede “arruinar” las opciones de presente y futuro del propietario y sus herederos.

El Futuro de la Hipoteca Inversa

Nadie duda del futuro brillante que tiene la Hipoteca Inversa ante sí. Ni bancos, ni cajas ni gobiernos ni ciudadanos.

El patrimonio inmobiliario sirve y servirá cada vez más para que una ciudadanía más envejecida (en porcentaje sobre el total de la población y en edad media) pueda disponer de los recursos económicos que necesite para acceder a los productos y servicios específicos para personas mayores.

Y la Hipoteca Inversa es un buen negocio para las Entidades Financieras. Por márgenes, coberturas, liquidez requerida, vinculación,…, es un producto estrella, pero que debe saberse vender.

Porque es esencial poder asesorar al cliente (contra el vicio comercial de las Entidades de querer “colocar” productos) y esta labor únicamente pueden llevarla a cabo empresas profesionales expertas en Hipoteca Inversa como Jubilarse en Casa SL.

Por experiencia, garantía de éxito y compromiso con el ciudadano y la sociedad, consulte con Jubilarse en Casa SL para disponer de la mejor orientación personalizada y la gestión integral experta que le permitirá contratar la mejor Hipoteca Inversa para atender a cualquier necesidad que tenga.

Jubilarse en Casa SL, Soluciones con la mejor Hipoteca Inversa

Escrito por jjorge el 14/12/2010 - Categoría:Opinión de JEC

Uso de la Hipoteca Inversa como herramienta financiera para ejecutar obras de Reforma de Viviendas y Adecuación de Edificios Residenciales. L’Informatiu. APABCN.CAT. 03/12/2010

CasetaFruto de la experiencia acumulada a lo largo de los últimos 3 años, el Fundador y Director General de Jubilarse en Casa SL, Josep Jorge, redactó un artículo publicado en la revista L’Informatiu que edita en su edición de noviembre/diciembre el Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación de Barcelona sobre el uso actual de la Hipoteca Inversa.

Desde la concepción inicial de la Hipoteca Inversa como mecanismo de complemento de pensiones (especialmente relevante entre viudos y autónomos), su uso ha ido progresivamente ampliando a diversos ámbitos relacionados con la mejora de la calidad de vida de los propietarios de vivienda mayores de 65 años: financiar el acceso a recursos asistenciales (servicios domiciliarios, centros de día, residencias de mayores), ha permitido obtener liquidez inmediata y no tener que malvender patrimonio, se emplea para ayudar a otros familiares o,…, facilita la ejecución de obras de reforma y rehabilitación de viviendas o de espacios comunes en edificios residenciales.

Este último uso tiene una importancia crucial y da viabilidad al impulso del sector de la rehabilitación de viviendas y permite adecuar el estado de conservación de los inmuebles que exigen las actuales directivas de inspección de edificios antiguos.

El artículo incide especialmente en el uso de la Hipoteca Inversa como mecanismo para financiar estas actuaciones; que los técnicos, constructores y empresas de reforma y adecuación dispongan de un conocimiento suficiente de esta herramienta financiera les permite hacer realidad las intervenciones que plantean a los propietarios de viviendas y de edificios residenciales.

Enlace con las páginas 92 y 93 de la revista L’Informatiu que reproducen el artículo (artículo en catalán).

Pueden trasladarnos sus consultas para poder abordar casos concretos. Les facilitaremos opciones para que los propietarios puedan acometer las obras de reforma y rehabilitación que requieran, consultas que se abordan de forma totalmente confidencial y gratuita.

Jubilarse en Casa SL

Soluciones con la Mejor Hipoteca Inversa

T. 93 553 07 64 – 902 789 464

C/ LLull, 321

Barcelona, 08019, Barcelona

www.jubilarseencasa.esinfo@jubilarseencasa.es

Síguenos en Facebook o Twitter

Escrito por jjorge el 3/12/2010 - Categoría:Opinión de JEC

Propuesta de Deducción en IRPF para el fomento de la contratación de Hipotecas Inversa. 20/11/10

Una de las actividades de Responsabilidad Social Corporativa que venimos desarrollando en Jubilarse en Casa SL desde nuestro nacimiento es la promoción y mejora constante de la Hipoteca Inversa.

En el trámite de enmiendas a la Ley 41/2007 de Reforma del Mercado Hipotecario, ya colaboramos con grupos políticos para que se introdujeran medidas de seguridad en la contratación de Hipotecas Inversas (el Asesoramiento Independiente que todas las Entidades deberían facilitar a sus clientes) y medidas de estímulo para su contratación (deducción del 100% del AJD en la formalización del crédito y reducción de aranceles), así como permitiendo que también se pudieran Hipotecar las viviendas no habituales.

En los 12 últimos meses hemos realizado una labor de concienciación entre los partidos políticos y las Administraciones Públicas respecto al uso de la Hipoteca Inversa como medida anti-crisis (coyuntural) y como herramienta facilitadora de la Reforma del Sistema Público de Pensiones (estructural).

Para favorecer que los ciudadanos mantengan su calidad de vida y dispongan de los servicios que precisen, hemos hecho llegar a los distintos grupos una propuesta de aplicación de desgravaciones fiscales (adicionales a las existentes) en la formalización de una Hipoteca Inversa. La propuesta básica pretende que se aplique una desgravación en el IRPF (en el tramo autonómico como contrapartida a su uso como recurso privado en materia de política social y en el tramo estatal para incentivar su uso como complemento privado en las pensiones de jubilación).

Actualmente en Catalunya, ésta propuesta está “sobre la mesa” para que pueda ser incorporada si así se considera tras la Elecciones a la Generalitat del próximo 28/11/2010. Y también se ha presentado a los representantes políticos del Pacto de Toledo para su consideración entre las medidas de Reforma del Sistema de Pensiones que se adopten próximamente.

La Hipoteca Inversa representa no sólo un recurso para mantener y mejorar la calidad de vida de las personas mayores. Significa un recurso adicional que, bien orientado puede destinarse a generar actividad económica y empleo en sectores clave: Dependencia, Rehabilitación de Viviendas, Sector Inmobiliario y Financiero,…

¿Vamos a dejar pasar la oportunidad de utilizar la riqueza generada en estas dos últimas décadas para vivir mejor?. En Jubilarse en Casa SL hemos facilitado a muchos propietarios una mejora sustancial de su calidad de vida; y seguiremos ayudando a muchos más, con un uso eficiente de su patrimonio inmobiliario.

Esperemos recibir el reconocimiento y apoyo de los partidos políticos y de las Administraciones para hacer llegar este cambio a todos los propietarios mayores de 65 años, que son millones.

Escrito por jjorge el 20/11/2010 - Categoría:Opinión de JEC

Nuevos efectos de la crisis económica: 2010-2011. 11/11/2010

Hace pocos días se publicaron dos noticias en el portal Cotizalia que nos alertan de los efectos que está teniendo sobre la economía española y su sostenibilidad la persistencia de la crisis actual.

La primera noticia se titula “El número de ocupados por pensionista cae a niveles de hace 10 años”. En ella se anuncia que el pasado mes de octubre había 2,22 afiliados ocupados por cada pensionista. Se trata de la relación más baja desde el año 2000. Ello se debe a la caída del número afiliados-ocupados -hasta los 17,63 millones- y, por otro, al aumento del número de pensionistas (7,92 millones) que perciben un total de 8,67 millones de pensiones.

Hasta ahora, los trabajadores en paro también contribuían a financiar el Sistema (lo hace el Estado pagando las cotizaciones sociales) pero, al agotarse las prestaciones de desempleo, desaparecen estas cotizaciones: hemos de ser conscientes que 700.000 parados dejarán de percibir la prestación a lo largo de 2011.

La Seguridad Social recibe así una estocada muy grave, de la que no se recuperará en años (presumiblemente a partir de 2012-2013) cuando se recuperará el empleo, según las  últimas estimaciones. En consecuencia, el Sistema hoy se encuentra en situación de crisis que justifica reducir costes (prejubilaciones, prerrogativas,…) y favorecer el incremento de recursos (aumentar las bases máximas de cotización).

La segunda noticia se titula “Las familias se comerán un tercio de su ahorro para financiar el consumo”. Se informa que BBVA prevé que la tasa se mantenga para el 2011 es del 12,2% de la renta disponible de las familias. Menor ahorro implica menos capacidad de hacer frente a imprevistos, menor consumo y, sobretodo, menor capacidad para invertir en el desarrollo de la economía. La causa de tan abrupto ajuste tiene que ver con el retroceso en la renta disponible de las familias, que caerá en términos reales un 2,9% en 2010 y un 1,1% en 2011.

Teniendo en cuenta que los Estados (con sus enormes déficits) absorben gran parte de este ahorro que debería poder nutrir (financiar) el Sistema Productivo español, la recuperación económica seguirá posponiéndose, dejándonos en manos de los especulativos mercados externos.

¿Qué nos podemos hacer ante este escenario?. Primero, disponer de información contrastada como la que intentamos poner a disposición de nuestros lectores desde Jubilarse en Casa SL para que puedan tomar decisiones de futuro. Recomendamos tener en cuenta todos aquellos recursos y patrimonios que tengamos a mano para poderlos utilizar “inteligentemente” cuando preveamos que lo vamos a necesitar. A menos que surjan situaciones imprevisibles, la prevención y la prudencia deberán primar para 2011.

Y, recuerden, que la Hipoteca Inversa les permite generar ingresos de sus viviendas sin tener que malvenderlas o alquilarlas. Pregúntenos cómo, sin compromiso. Un profesional le atenderá en todas las dudas y cuestiones que desee plantearnos.

Síganos también  en Facebook o en Twitter @jubilarseencasa

Escrito por jjorge el 11/11/2010 - Categoría:Opinión de JEC

El Otoño de las Cajas en España: una oportunidad para que los particulares elijan de nuevo. 10/11/10

Hoy asistimos atónitos al cambio más profundo que ha experimentado el sistema de cajas de ahorros en España en décadas.

Atónitos, desconcertados y algo pesimistas respecto a su futuro y el de nuestra economía.

Motivos no nos faltan: muchas cajas han traicionado el espíritu de “salvaguarda del ahorro de los ciudadanos” por la negligente gestión de sus órganos de dirección, quienes han contando con la inacción (sino complicidad política) de las Administraciones Públicas que forman parte de ellas y, a su vez, las regulan y supervisan.

Estos los honrados ahorradores hoy se encuentran sin interlocutores creíbles, con directores/as exentos de atribuciones y temerosos de su propio futuro profesional. En definitiva: sin respuestas.

La mala gestión que debería haber llevado a sus máximos gestores a responder personalmente por el desaguisado generado, ha sido encubierta con llamadas al salvamento del Sistema y la concesión de multimillonarias ayudas públicas en forma de FROB. ¡Qué malo es ser juez y parte! ¡Qué caro nos sale a todos los ciudadanos!.

Lejos de destinar estas ayudas a reconducir la gestión de las Entidades permitiendo el normal flujo de financiación a particulares y empresas, se ha aprovechado la coyuntura para absorber (a coste cero) Entidades competidoras, integrar Cajas sanas en otras moribundas, crear estructuras de adorno, dar riendo suelta al caciquismo local…, salvo honrosas excepciones que demuestran que la gestión de las Cajas pudo ser mejor y que su modelo de funcionamiento no está obsoleto.

Hoy casi siguen los mismos malos gestores en distintas sillas pero hay menos competencia que desestabilice estos reinos de taifas.

Con este panorama, perdemos todos pero, especialmente, el honrado ahorrador, confundido, desconcertado y,…, fastidiado.

En Jubilarse en Casa atendemos cada día a más y más clientes en busca de respuestas a sus necesidades económicas, expulsados de sus Entidades o desatendidos en el mejor de los casos.

Y les ofrecemos respuestas y soluciones, porque mantenemos nuestra independencia de todas las Entidades Financieras y Aseguradoras. Somos y seremos libres para ayudar al cliente y acompañarle hasta la consecución de sus objetivos.

En Jubilarse en Casa encontrará respuestas y todas aquellas ofertas de Hipoteca Inversa que están disponibles en el mercado. Si hemos ayudado a cientos de clientes, imagínese qué podemos hacer por usted!.

Ahora es su momento: no lo desaproveche.

Jubilarse en Casa, soluciones con la Mejor Hipoteca Inversa.

Síganos también en Facebook y Twitter @jubilarseencasa

Escrito por jjorge el 10/11/2010 - Categoría:Opinión de JEC