Hipotecas para mayores sí, siempre y cuando sean Hipotecas Inversas. 20/12/10

Hoy leemos en La Vanguardia un artículo titulado “Las entidades financieras ya admiten hipotecados de 77 años”. En un cuadro de este artículo, encabezado por el titular “Viejos y Ricos en Piedras” se comentan aspectos relativos a la financiación hipotecaria que podrían obtener los mayores de 65 años con vivienda en propiedad y se destaca la Hipoteca Inversa entre otros créditos. Desde Jubilarse en Casa SL, como expertos en el uso de la Hipoteca Inversa, queremos comentar algunos aspectos de este artículo.

Los créditos y préstamos hipotecarios deben devolverse

Obvio. Evidente. Desde el punto de vista de la banca, se concede una financiación en plazos que permitan razonablemente esperar que el deudor tenga capacidad económica para devolver el capital prestado y los intereses generados mediante pagos periódicos (10. 20,…, 50 años) o amortización anticipada. La mayor esperanza de vida de los españoles permite teóricamente alargar el plazo de amortización del crédito más allá de la edad de jubilación (actualmente 65 años), teniendo en cuenta que con una pensión contributiva (el importe medio de las nuevas pensiones se sitúa por encima de los 1.200 €/mes) también pueden disponerse de recursos mensuales para continuar haciendo frente al pago de la cuota hipotecaria prevista.

Afortunadamente, una vez jubilados, tenemos entre 15 y 20 años más de vida para seguir pagando crédito. Pero, cuidado, hemos de ser conscientes que las necesidades derivadas del envejecimiento (Dependencia y Salud esencialmente) son crecientes y parte de nuestros recursos económicos deberán dedicarse a esta atención.

Las Entidades Financieras (por necesidad) han superado el debate actual de la edad de jubilación. Pero los ciudadanos no deberían caer en la tentación de seguir contando con ingresos futuros para atender a gastos corrientes, por muy seguro que sea el cobro de la pensión ante la incertidumbre del coste del cuidado que necesitaremos a medida que envejezcamos.

Para los mayores con necesidades económicas, la Hipoteca Inversa es la solución

En el apartado del artículo “Viejos y Ricos en Piedras” se comenta sobre la riqueza inmobiliaria de los españoles pero se mezclan conceptos. En general, los mayores no deberían solicitar créditos a medio-largo plazo (+ 5 años) que deban amortizar ni deberían vincular a la deuda a terceros (titulares o avalistas) por la cadena de responsabilidades que se transmite en caso de no poderse cumplir con los compromisos asumidos. Y formalizar un préstamo hipotecario, disponiendo de un capital inicial para contratar un Seguro de Rentas Vitalicias suele ser un mal planteamiento en caso de defunción súbita del cliente. Pero mucho peor puede ser la opción de obtener todo el capital inicial posible y dedicar parte de él a amortizar las cuotas hipotecarias resultantes. Ojo con los Intermediarios Financieros que principalmente persiguen obtener sustanciosas comisiones iniciales antes que asesorar al cliente.

Los mayores pueden ser financieramente autónomos formalizando una Hipoteca Inversa contando como garantía su vivienda en propiedad (principal o secundaria) sin tener que venderla. Por su complejidad y diversidad de propuestas e implicaciones, la Ley 41/2007 requiere que un Asesor Independiente oriente al ciudadano antes de formalizar cualquier operación de Hipoteca Inversa.

En Jubilarse en Casa dispone desde 2007 de profesionales expertos en Hipoteca Inversa, que le orientarán y gestionarán en su caso, la obtención de la mejor Hipoteca Inversa posible.

Escrito por jjorge el 20/12/2010 - Categoría:Opinión de JEC