Utilice una Hipoteca Inversa para financiar las obras de adaptación de su vivienda y desgrávese en el IRPF hasta 1.350 €/año.

A partir de ahora y hasta el 31/12/2012, todas las obras de rehabilitación que realicen en sus viviendas en propiedad (tanto habituales como para cualquier otra vivienda, incluso las destinadas al alquiler), pueden beneficiarse de una desgravación del 20% de su coste (aplicable a un máximo de 20.000 € del coste total).

En total hasta 4.000 €, con una deducción máxima anual de 1.350 €. Así lo estableció el pasado 20/04/11 el Consejo de Ministros para los contribuyentes con una base imponible igual o inferior a 53.007,20 €.

Para aplicarse esta deducción, se exigirá factura de las obras ejecutadas, que en muchos de los casos será el IVA reducido del 8% aplicable a las obras de renovación y reparación de viviendas.

Las obras deberán destinarse a la mejora de la habitabilidad de la vivienda: eficiencia energética y del uso del agua, accesibilidad e instalación de infraestructuras para el acceso a Internet o a la TDT. Se mantienen, las exclusiones referentes a obras en garajes, jardines, parques, piscinas, elementos deportivos y análogos.

La Hipoteca Inversa, el complemento perfecto

En muchas viviendas propiedad de personas mayores (+ 65 años), es necesario hacer adecuaciones que permitan mejorar su accesibilidad, seguridad y confort para su propio uso o para poder comercializar adecuadamente la vivienda, tanto su quiere destinarla a la venta o al alquiler.

Con las desgravaciones, reducimos ostensiblemente el coste de estas obras y con la Hipoteca Inversa podemos financiarlas sin tener que pagar nada. En el extremo, sin disponer de dinero (cash) podemos acometer tranquilamente estas obras, como muchos de los clientes de Jubilarse en Casa ya han realizado, lo que incluso les ha permitido disponer de mayores ingresos mensuales para vivir mejor en una vivienda más confortable.

Hemos de saber que la Hipoteca Inversa puede cancelarse antes de la muerte del titular. Ello permite que las personas mayores puedan acceder a un crédito hipotecario sin garantías adicionales y sin tener que pagar cuotas mensuales, ya que su duración es indefinida. Pero permite que se pueda ir amortizando total o parcialmente mientras el titular siga con vida, con lo que puede devolverse de forma flexible (por ejemplo, destinando la desgravación a amortizar anualmente el saldo de la Hipoteca Inversa).

Jubilarse en Casa, expertos en el uso de la Hipoteca Inversa

La Hipoteca Inversa destinada a financiar la adaptación de una vivienda de una persona mayor recibe un nuevo impulso con las nuevas desgravaciones fiscales. Conjugar ambos aspectos requiere disponer de un asesoramiento experto y de una gestión eficaz para poder aprovechar todas las ventajas disponibles.

Póngase en contacto con un experto de Jubilarse en Casa para que le oriente de forma totalmente confidencial y gratuita.

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Escrito por jjorge el 29/04/2011 - Categoría:FiraGran 2.008

Copago de Servicios Sociales a personas mayores, Responsabilidad Familiar e Hipoteca Inversa. 24/03/11

Cómo es notorio, la crisis económica ha reducido los ingresos de las Administraciones Públicas y ha aumentado la demanda de servicios sociales por parte de los ciudadanos: ello se traduce en menos recursos para atender más necesidades y crecientes.

Este panorama en el que muchas AAPP tienen que “ingeniárselas” para seguir prestando los servicios públicos esenciales, es el caldo de cultivo donde se analiza la viabilidad de introducir los copagos de servicios, esencialmente en el ámbito sanitario y asistencial.

En esencia, las AAPP analizan los ingresos recurrentes (pensiones esencialmente) de cada uno de los solicitantes de prestaciones sociales (económicas o servicios) para establecer baremos. Hoy, este análisis se empieza a extender a la unidad familiar (padres, hijos, nietos,…) en la que convive el solicitante, con la justificación de que en primer lugar es el entorno familiar quien tiene que hacerse cargo de las necesidades del familiar mayor solicitante y que las AAPP tienen que actuar en su ausencia o defecto, no de forma genérica y generosa.

Podremos o no estar de acuerdo con este precepto y los baremos usados por la Administración. La consecuencia es que, por muy escasa pensión que pueda recibir un ciudadano, si dispone de ahorros, familiares con recursos o una vivienda, tendrá menos derecho a recibir prestaciones sociales. En este caso se encuentran muchos ciudadanos acogidos a la Ley de la Dependencia y es este el ámbito que primero ha empezado a generalizar el copago de servicios.

La tendencia para los próximos meses y años es que los baremos para poder recibir prestaciones públicas serán cada vez más exigentes y universales, con lo que tan sólo los individuos más desvalidos van a poder disponer de la mayor parte de estos recursos públicos y recaerá en la capacidad individual (por todos sus recursos) o en la ayuda familiar para hacerse cargo del coste de la asistencia requerida.

En este entorno empieza a jugar un papel muy importante la Hipoteca Inversa. Dada que esta herramienta financiera es un crédito, su contratación permite disponer de recursos económicos que no se consideran rentas sino disposiciones de crédito: ni se declaran ni tributan. Y, como este crédito está garantizado con la vivienda, su uso implica endeudar la vivienda y reducir la riqueza financiera acumulada en la vivienda al hacerla líquida mediante la disposición de cantidades a cuenta (rentas mensuales o disposiciones puntuales).

Quien contrata una Hipoteca Inversa vive mejor. Y ello no computa en su capacidad económica sino que implica una menor riqueza patrimonial, llegando incluso a favorecer el acceder a prestaciones públicas fijadas según estos baremos decrecientes.

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Escrito por jjorge el 24/03/2011 - Categoría:Opinión de JEC

Sobre prácticas financieras impropias con personas mayores y la quiebra familiar. 07/03/11

¿Cuántas veces más tendremos que ver como personas mayores han “hipotecado” su vivienda y su futuro avalando con su propiedad el piso de un familiar?.

Es una situación económica que muchas familias hoy mantienen sin haber considerado convenientemente que la “caída” de uno de los miembros arrastra al resto.

Pongámonos en situación

En Jubilarse en Casa nos relatan a menudo escenarios como este: un matrimonio de personas mayores que se encuentra con el “agua al cuello” porque avalaron la compra de la vivienda del hijo; falla esté y la Entidad insta la ejecución de la garantía real (aval hipotecario) concedida por los padres. Las preguntas son siempre similares: ¿eran conscientes del error financiero que estaban realizando cuando avalaron al hijo?. ¿Es moral reclamar este tipo de garantías cruzadas por parte de las Entidades Financieras?.  ¿Qué podemos hacer, llegado el caso y la situación?.

Ingenuos Financieros

Ciertamente, los españoles no han querido aprender finanzas (o no se han visto con la necesidad) y han trasladado la ejecución y (pretendida) responsabilidad de sus actos financieros a sus gestores bancarios. Insistimos una y mil veces: el director del banco o la caja de turno no es su asesor financiero personal. La banca personal no existe si el gestor no es independiente de la Entidad (eso quiere decir que NO COBRA de ella). Su función consiste en cumplir las órdenes comerciales y de riesgos que le manda la dirección de su Entidad. Punto. Habrá directores sumamente responsables, pero están en proceso de “extinción” ante la progresiva retirada de atribuciones y el desconocimiento creciente de su clientela con constantes cambios de funciones y ubicaciones de trabajo.

No al Aval sobre la Vivienda Habitual

Si las personas mayores tienen dificultades para acceder al crédito, ¿cómo es que las Entidades permitan que pueden avalar con sus viviendas operaciones crediticias de terceros, por muy familiares que sean?. ¿Dónde ha quedado la “ética del crédito”?. El aval es una “soga al cuello” que cubre responsabilidades de terceros. Y es una garantía que debería estar generalmente vetada para las personas mayores y sus viviendas habituales. Deontológicamente, despreciable.

Avalar con una vivienda no sólo pone en riesgo a los titulares (personas mayores) sino que imposibilita realizar otro tipo de operaciones adecuadas para estos propietarios: la Hipoteca Inversa, un crédito que permite a los propietarios disponer de ingresos regulares para atender a las necesidades económicas derivadas de su envejecimiento. Con un aval, hemos “bloqueado” el bienestar futuro de los propietarios que nos avalaron, que viven angustiados ante la posibilidad de que se ejecute el aval ante cualquier incumplimiento del avalado.

La Quiebra Familiar

Si se encuentra en esta situación (avalando con su vivienda habitual un crédito de un tercero), y este aval la Entidad Financiera quiere ejecutarlo, es momento de plantearse la protección judicial de su patrimonio. Solicite la declaración de concurso de acreedores personal (o quiebra familiar) y que sea un juez quien decida sobre la validez, alcance y condiciones de garantía que impondrá sobre su patrimonio e ingresos a favor de la Entidad Financiera. Les dejamos un interesante link al respecto redactado por D. Carlos Guerrero, Abogado experto en concursos de acreedores de persona física.

Por si acaso, no avale inconscientemente nunca con su vivienda habitual. Manténgala libre de cargas (hipotecas y avales) por si quiere o requiere contratar una Hipoteca Inversa para vivir mejor o simplemente para poder legar un patrimonio libre de cargas a sus futuros herederos. Su presente y futuro están en juego.

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Escrito por jjorge el 7/03/2011 - Categoría:Opinión de JEC

El Ahorro en una España que envejece. 03/03/11

El martes 01/03/11 la Fundación de Estudios Financieros (FEF) presentó el estudio ‘Ahorro Familiar en España‘. El estudio hace un repaso sobre la evolución demográfica española y la distribución y cuantía de los distintos vehículos de ahorro que utilizan los españoles.

El estudio destaca que el 77% del ahorro de las familias está invertido en el ‘ladrillo’, algo que el secretario de Estado de Economía, José Manuel Campa calificó como “otro de los grandes desequilibrios” de la economía española.

Fuente: Fundación de Estudios Financieros

Fuente: Fundación de Estudios Financieros

España es un país de propietarios “forzosos”. Las razones son históricas, iniciadas durante la década de los 60 del siglo pasado y basada en los flujos migratorios internos. Las ciudades acogieron gran cantidad de inmigración procedente de zonas rurales que fueron configurando un crecimiento urbanístico que no pudo ser gestionado por un Estado sin recursos. Las reformas que desregularizaron el mercado de alquiler en la famosa Ley Boyer extinguieron progresivamente muchos alquileres “antiguos” que fueron adquiridos por sus anteriores arrendatarios o por nuevos compradores. Y muchas viviendas promovidas por Instituciones como las Cajas de Ahorros también acabaron en el mercado de compraventa. Hemos de ser conscientes del efecto del boom demográfico de los 70, que impulsó la gran demanda de viviendas del anterior ciclo inmobiliario sin que hubiese una base existente de vivienda disponible y adecuada en régimen de alquiler. Una demanda que accedía al crédito (hipotecario) y que tenía estímulos fiscales (desgravaciones para la adquisición de la primera vivienda). Este procesó se retroalimento con la llega de inmigrantes de otros países, la entrada en el Euro y la voracidad de crecimiento que impulsaba a todos los actores de nuestra economía, hasta finales de 2007.

Fuente: Fundación de Estudios Financieros

Fuente: Fundación de Estudios Financieros

En paralelo, no existe ni cultura, ni instrumentos ni gestores profesionales que permitan a los individuos una adecuada planificación del ahorro. Este es un efecto negativo del elevado nivel de bancarización de España y de la incultura financiera general. Los ciudadanos han creído hasta ahora que el director de su entidad era su asesor económico. Mientras todo ha funcionado, los clientes han tomado las decisiones que le aconsejaban sus gestores bancarios, las entendiesen más o menos; decisiones que se basaban fundamentalmente en los objetivos comerciales de las Entidades Financieras y Aseguradoras y que debían ser ejecutadas por estos gestores. Hoy nos encontramos con un exceso de tesorería de los particulares en cuentas y depósitos a la vista sin remunerar o habiendo contratado productos financieros estructurados indescifrables para el común de los ciudadanos. No ha habido ningún tipo de planificación del ahorro, ni se ha estimulado ni educado para ello.

Como propietarios forzosos sin alternativas de planificación del ahorro, la inflación inmobiliaria acumulada en cada uno de los distintos ciclos inmobiliarios ha permitido que los españoles acumulen un sustancial patrimonio inmobiliario en sus propiedades inmobiliarias, a precios históricos, incluso teniendo en cuenta los vaivenes de los ciclos y la profunda caída de estos últimos 3 años (superior al 20% desde los máximos valores alcanzados en el 4TR2007).

Fuente: Fundación de Estudios Financieros

Fuente: Fundación de Estudios Financieros

Estos propietarios han envejecido y deben utilizar su ahorro para atender sus necesidades una vez dejan de estar en situación laboral activa (jubilados). Es en ese momento cuando fórmulas como la Hipoteca Inversa impactan directamente en la mejora de los ingresos mensuales de estos propietarios mayores de 65 años. Y esta herramienta, compleja y poco conocida, está permitiendo que muchos mayores puedan mejorar su calidad de vida en base a un disponer de una autonomía económica de recursos procedentes del ahorro acumulado en su vivienda.

No parece que el desequilibrio que anuncia el Sr. Campa tenga sólo efectos negativos para este creciente colectivo de propietarios mayores, como podemos atestiguar desde Jubilarse en Casa SL desde hace más de 3 años.

Si quiere conocer cómo puede disponer del ahorro acumulado en su vivienda para vivir mejor a partir de los 65 años, un equipo de profesionales está a su entera disposición para atenderle en toda España.

Jubilarse en Casa SL, expertos independientes en Hipotecas Inversa.

Acceso a la Web de de la Fundación de Estudios Financieros

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Escrito por jjorge el 3/03/2011 - Categoría:Opinión de JEC

Sorprendentes Conclusiones de los últimos estudios sobre la Hipoteca Inversa y las Rentas Vitalicias Inmobiliarias. 09/02/2011

Muchas personas nos han consultado sobre nuestra opinión en relación a los recientes estudios publicados por empresas que, como Jubilarse en Casa SL, trabajan en la gestión de recursos económicos para personas mayores en base al uso de la vivienda que tiene en propiedad.

Los resultados de estos estudios son, a nuestro juicio y en base a nuestra propia experiencia profesional desde 2007, sorprendentes. Digamos que se alejan diametralmente del resultado del asesoramiento que ofrecemos diariamente a clientes en toda España. Y nos proponemos explicar el porqué conviene disponer del mejor asesoramiento posible antes de tomar una decisión tan trascendente como es usar el patrimonio inmobiliario para generar liquidez.

Renta Vitalicia Inmobiliaria.

Esta operación es básicamente una compraventa de la vivienda por parte de un tercero (inversor) con el pago fraccionado del precio de adquisición en forma de renta mensual (aunque existen diversas modalidades), quedando el anterior propietario como usufructuario vitalicio. Esta modalidad ya ha sido comentada en otros artículos publicados en este mismo blog.

Nos sorprende que todavía se publicite su contratación porque este tipo de operaciones inmobiliarias/financieras basan su atractivo en la revalorización del bien inmueble adquirido (sabemos que desde mediados de 2007, los valores inmobiliarios has descendido, llevando dos años de descensos continuos sin perspectiva de recuperación en el próximo lustro). Porque, en esencia, el inversor está haciendo una operación de compraventa de una vivienda con pago del precio aplazado, esperando que el usufructuario (antiguo propietario) fallezca en un plazo relativamente corto, ya que, de otra manera, el negocio puede ser ruinoso para el inversor (lo que muchas veces ha dado pie al famoso moobing inmobiliario).

Sólo podemos imaginar que este producto sea atractivo para el inversor si la valoración de la propiedad se hace con un fuerte descuento sobre su valor actual de mercado y, en consecuencia, los pagos fraccionados normales (rentas a percibir por el usufructuario en un plazo estadístico normal) en su conjunto son inferiores a un 30-50% del valor actual de la vivienda. Aún con estas premisas, si el propietario actual es muy mayor (próximo o superada ya su esperanza estadística de vida, o sea rondando los 80 años), las rentas mensuales a cobrar pueden ser elevadas, lo que es atractivo especialmente en aquellos casos en los que el usufructuario no tiene descendencia directa (que no quiere decir que no tenga herederos).

Desde Jubilarse en Casa SL siempre hemos desaconsejado esta operación aunque se cumplan estos condicionantes que pudieran hacer económicamente más atractiva la operación (persona muy mayor sin descendientes). El motivo principal estriba en el riesgo que supone perder la propiedad ya que la decisión de realizar una Renta Vitalicia Inmobiliaria no es económicamente reversible (no se puede cambiar) y no será ni uno ni dos los casos de extrema longevidad del usufructuario que requieran de atenciones específicas costosas a medida que se aumenta su dependencia psíquica o física, sin que pueda disponer de la propiedad (p.e. para venderla o alquilarla) y así complementar los ingresos de la renta vitalicia inmobiliaria que pueden quedar cortos (p.e., contratar más personal o más cualificado en casa, tratamientos farmacológicos o médicos, traslado a residencias asistidas,…). Bien, un largo sinfín de situaciones futuras que no pueden atenderse porque se desprendió totalmente de la vivienda en una decisión irreversible. Recomendamos no perder nunca la titularidad de la vivienda.

Hipoteca Inversa Vitalicia.

Aquí entramos en un mundo de “magos”. Resulta ser que en uno de los estudios sobre Hipoteca Inversa aparecen en las primeras posiciones productos de este tipo. Debemos recordar que la Hipoteca Inversa tiene dos modalidades básicas, la temporal (se perciben rentas durante una serie de años concretos) y la vitalicia (estas rentas se perciben de forma indefinida, elemento, a priori, muy conveniente).

Aunque todos desearíamos cobrar una rentas hasta el fallecimiento, esto sólo es posible si se contrata un Seguro de Rentas Vitalicias (en modalidad Diferida o, mucho peor, Inmediata), que tiene un coste en forma de prima única que se desembolsa a la formalización de la Hipoteca Inversa (mediante la disposición de una cantidad inicial del crédito que sirve para financiar este seguro). El importe de esta prima es muy elevado (¡) en la mayor parte de los casos y su aplicación (su beneficio) sólo se empieza a vislumbrar a partir de la fecha de inicio cobertura (normalmente sólo en caso de alcanzarse los 90-95 años de edad (¡)) y se justifica su contratación respecto a su coste al transcurrir los primeros de 2-3 años (con lo que contaremos con entre 92 y 98 años (¡!).

No hace falta ser “matemático” para saber que menos de un 2% de la población alcanza tal edad con lo que en más de un 98% de los casos, quien hace “negocio” es la compañía de seguros con quien se suscribe el Seguro de Rentas Vitalicias. Ello teniendo en cuenta además que esta modalidad de Hipoteca Inversa así formulada reduce notablemente la renta mensual a cobrar, y la deuda total del crédito se incrementa con el importe de la prima única inicial (capital) más los intereses compuestos acumulados a lo largo de los años.

En Jubilarse en Casa SL aún tenemos que descubrir un solo caso de particular al que le salga a cuenta contratar (desde el punto de vista económico) una Hipoteca Inversa Vitalicia.

Puestos a analizar el porqué de esta situación, en infinidad de ocasiones desde Jubilarse en Casa SL hemos recomendado a las Entidades Aseguradoras y Financieras que periodifíquen el cobro de la prima del seguro y que incorporen opciones de recuperación parcial o total del importe de las primas abonadas en caso de fallecimiento anticipado o de cancelación anticipada del crédito de Hipoteca Inversa.

Hasta la fecha, oídos sordos.

Lógico a tenor del sustancial negocio que les genera la colocación de este tipo de Seguros de Rentas Vitalicias tal y como están formulados.

Hipoteca Inversa con Aval.

Otro gran “descubrimiento”. Resulta ser que el top de los productos analizados en este Estudio se lo lleva una opción de Hipoteca Inversa “heredada”. Si la Hipoteca Inversa es un crédito con garantía hipotecaria que sólo puede ser garantizada adicionalmente (según Ley 41/2007) con el patrimonio del difunto en caso de que la deuda contraída sea superior al valor del inmueble (imaginemos que el titular vive muchos, muchísimos años y que la deuda acumulada en la Hipoteca Inversa supera el Valor de la vivienda. La Entidad acreedora sólo puede reclamar hasta donde alcancen el resto de los bienes de la herencia; si ésta estuviera formada por la vivienda hipotecada y una libreta de ahorros con 100 €, pues esos serían los bienes que cómo máximos responderían como garantía de la deuda acumulada en el crédito), alguna Entidad ha descubierto cobro “cubrirse las espaldas”.

Corrompiendo el principio que “las deudas no se heredan, sí los bienes aunque estén hipotecados”, alguna Entidad obliga a los descendientes (hijos) de los propietarios de la vivienda a avalar el crédito.

Con esta acción, la Entidad se asegura que en el caso (muy improbable, reiteramos) que la deuda sea superior al valor del conjunto del patrimonio de los difuntos, serán sus descendientes quienes reintegrarán de su patrimonio el saldo negativo pendiente de liquidar con la Entidad.

Hace años hablamos con estas Entidades. Y les formulamos la pregunta: “¿cómo sabéis vosotros que los descendientes van a ser los herederos de la vivienda hipotecada?”.

Silencio como respuesta.

Evidentemente, eso no iba con ellos, ya que afianzar el crédito con garantías adicionales a ellos les ofrecía plena seguridad en la recuperación del crédito aunque quien tuviese que responder por la deuda no llegase a ser el heredero de los bienes del difunto (¡). Ello, como hemos indicado, sólo para casos muy, muy puntuales (las Entidades ya se “guardan” de otorgar endeudamientos elevados en relación con las valoraciones conservadoras de las viviendas) mientras que obligan a todos los descendientes a asumir una garantía cierta que les condicionará financieramente hasta la liquidación de la deuda de su ascendiente (aparecen en los registros de Riesgos del Banco de España, les limita su propia capacidad de endeudamiento o de afianzamiento hacia terceros, como pudiesen ser sus propios hijos,…).

¿No les parece “cuestionable” que alguien diga que este tipo de operaciones es quizás de las más contratadas cuando lo habitual es que la práctica totalidad de las Entidades no requieran este tipo de garantías adicionales para sus Hipotecas Inversas?. A nosotros, mucho.

Conclusiones

Sorprendente todo ello, desde nuestro punto de vista de asesoramiento diario y desde el juicio profesional. En Jubilarse en Casa SL hemos reflexionado acerca de los motivos que pueden haber llevado a enfatizar los beneficios de la Renta Vitalicia Inmobiliaria y, especialmente de los ránquines de las operaciones de Hipoteca Inversa más realizadas. Estas son nuestras conclusiones:

1)      La Renta Vitalicia Inmobiliaria está en franca decadencia debida a la evolución negativa del mercado inmobiliario y especialmente frente a herramientas financieras como la Hipoteca Inversa que introducen mayor equidad en el cociente beneficios/cargas (aunque no en todos los casos, como hemos observado anteriormente).

2)      La orientación preliminar y gestión posterior que se realiza a los particulares no es objetiva. Entendemos que confluyen dos elementos:

  1. El posible cobro de comisiones por parte de asesores “aparentemente independientes” procedentes de las Entidades Aseguradas y Financieras en la “colocación” de sus productos.
  2. La falta de conocimiento sobre la realidad de la oferta existente en el mercado, que puede hacer dirigir la demanda de Hipotecas Inversas hacia unos pocos productos, desconsiderando al resto.

3)      No existe un código de conducta en el Sector ni se aplica la obligación de proveer al particular de un Asesoramiento Independiente por parte de la Entidad Acreedora.

  1. La Intermediación en España se entiende como alguien que está entre la oferta y la demanda y que, si puede, cobra de ambas. Falta de ética, profesionalidad, intrusismo,…, disfunciones que son reguladas recientemente por la Ley 02/2009.
  2. El Legislador no ha desarrollado el Reglamento de la Ley 41/2007 donde debería especificarse qué se entiende por Asesoramiento Independiente (recordemos que obligatoriamente debe proveerlo la Entidad Acreedora) y tan sólo existe un modelo de buenas prácticas que sólo está extendido entre algunos actores del mercado.
  3. El particular no conoce sus derechos como consumidor y confunde el asesoramiento financiero independiente con el intermediario que percibe “incentivos” de la oferta.

¿Qué hacemos y Cómo lo hacemos desde Jubilarse en Casa SL?

En Jubilarse en Casa SL trabajamos por y para el cliente particular.

1)      Actuamos como representantes de él frente a todo el mercado de ofertantes de Hipotecas Inversas.

2)      Disponemos de un código de conducta: creemos y cumplimos con el valor de la independencia (por escrito, ratificamos que no percibimos ningún tipo de compensación de ninguna clase por parte de las Entidades ofertantes de productos de Hipoteca Inversa).

3)      Sí, trabajamos con la industria, pero sólo para que mejoren sus productos, su comercialización y exposición, para lograr cumplir con las expectativas de transparencia y profesionalidad a las que todos los particulares tienen derecho, en especial el segmento de personas mayores al que se dirigen estos productos.

4)      Si los clientes que confían en Jubilarse en Casa SL prácticamente nunca contratan los productos que los Estudios destacan y sitúan en las primeras posiciones del ranking, por algo será.

No se la juegue con quien le limite la información y no le ayude a acceder a la globalidad del mercado de Hipoteca Inversa de forma transparente y sin presiones. La Hipoteca Inversa es un producto suficientemente complejo y su decisión tan trascendental que dejarla en manos del criterio de unos pocos con intereses cruzados no parece la mejor de las decisiones que uno puede tomar en la vida.

Y como decían hace años: busque, compare y si encuentra algo mejor,…, contrátelo. Esa es la máxima de Jubilarse en Casa SL y estamos para demostrárselo.

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Escrito por jjorge el 9/02/2011 - Categoría:Opinión de JEC

Sobre la Reforma de las Pensiones. Acuerdo para generalizar la precariedad económica de los futuros pensionistas. 02/02/2011

Sin duda, debemos felicitarnos por haber logrado que los mayores y sus pensiones ocupasen la primera portada de los medios y muchas tertulias en estos últimos meses, aunque fuese con la intencionada excusa de contentar al Directorio Europeo que supervisa la economía española y su requisito de recortar el coste futuro de las pensiones en relación al PIB español (en 2008, un 9,2% del PIB, un “negocio” de tan sólo 920.000.000.000 € al año).

Buena Noticia: las pensiones están garantizadas y el sistema es sostenible en el futuro: hoy sabemos que todos tendremos pensiones inferiores a las actuales y envejeceremos en un entorno de privaciones. Mil gracias a Sindicatos y partidos Políticos por garantizarnos seguir con la precariedad que hoy vivimos, en nombre de millones de pensionistas, parados y mileuristas. Si todo va bien (y somos optimistas), España sólo gastará el 13% de su PIB en 2030 (aunque tendrá cerca de 11 millones de pensionistas por los 8 millones de hoy). Echen cuentas, que ahora lo explicamos.

Bien es cierto que motivos estructurales para reformar el actual Sistema de Pensiones los hay en tanto que el envejecimiento poblacional y sus altas esperanzas de vida requieren adaptar la estructura financiera que da cobertura a las prestaciones públicas. Pero ni hemos optado por mejorar la eficiencia del Sistema (reducir gastos administrativos, prestaciones adicionales a las pensiones) ni en aumentar la base de ingresos (al Sistema no contribuye ni la economía productiva ni la especulativa, sólo el factor trabajo-laboral en forma de cotización), focalizándonos únicamente en reducir prestaciones: la moda “low cost” tiene una cara amarga cuando afecta al estado del bienestar.

A. Las Bases de la Reforma.

La base de la Reforma es la contención de costes futuros (reducción de la masa monetaria destinada primordialmente al pago de las pensiones contributivas) frente al crecimiento del número de beneficiarios y de los años de cobro de estas prestaciones. En ningún caso se ha incidido en el vector financiación (hoy tan sólo procedente de las cotizaciones sociales que realizan empresas, autónomos y trabajadores). Así pues, el Sistema de Pensiones seguirá adoleciendo de una falta crónica de recursos económicos, que irá creciendo a medida que el Cambio del Sistema Productivo español tienda a un aumento de la productividad y no de la ocupabilidad (con tasas de desempleo estructural superiores al 10%).

B. Las Herramientas de la Reforma.

¿Cómo logramos reducir la masa monetaria que suponen las futuras pensiones contributivas?. Esencialmente, conjugando tres medidas:

(1)    Retraso de la edad de jubilación (de 65 a 67).

(2)    Aumento del periodo de cómputo de la vida laboral para determinar la prestación (de 15 a 25 años).

(3)    Aumento del número de años cotizados exigidos para disponer de la pensión completa (de 35 a 37 años).

Estas tres medidas disponen de un calendario de aplicación gradual para evolucionar del actual modelo (65/15/35) al propuesto (67/25/37).

Eso sí, si quiere jubilarse a los 65, deberá haber contribuido durante 38,5 años en 2027 (o sea, ininterrumpidamente desde los 26,5 años, aumentando en 6 meses cada 2 años a partir del año 2013) y por cada año que se adelante la jubilación (se eleva de 61 a 63 la edad de la jubilación anticipada) sin contar con esa carrera laboral (pero con un mínimo de 33 años cotizados), se recortará la pensión un 7,5% (máximo recorte del 42%).

Y si decide prolongar su actividad laboral, su pensión se incrementará entre un 2-3% anual por año trabajado.

C. Calendario de la Reforma.

(1)    Retraso de la edad de jubilación.

  1. empezará en 2013 y se ajustará hasta 2027. En ese plazo, se irá aumentando la vida laboral del trabajador un mes y medio más cada año (un mes cada año entre 2013 y 2019 y entre 2019 y 2027, este período pasará a ser de dos meses).
  2. Se tendrán en cuenta mujeres que atienda a hijos (9 meses por hijo) y jóvenes con becas de postgrado (max. 2 años) para aumentar el computo cotizado.

(2)    Aumento del periodo de cómputo de la vida laboral para determinar la prestación.

  1. empezará en 2013 y se ajustará hasta 2022.

(3)    Aumento del número de años cotizados exigidos para disponer de la pensión completa.

  1. empezará en 2013 y se ajustará hasta 2027.

D. Los efectos económicos de la Reforma

La reforma permite que los actuales trabajadores hasta los 50 años (los nacidos hasta el 1960) puedan conocer en qué condiciones accederán a su jubilación. Saben que accederán más tarde y deberán haber cotizado más años. Económicamente, ello les supondrá (en términos medios):

(1)    Retraso de la edad de jubilación.

  1. 10% de disminución de la pensión en cifras absolutas.

(2)    Aumento del periodo de cómputo de la vida laboral para determinar la prestación.

  1. 8% menos de pensión mensual.

Así pues, los futuros pensionistas de dentro de 10-15 años tendrán una pérdida media en su pensión de un 18%, siendo conscientes que la pensión media actual es de 904 €/mes. Esta media estará afectada por los efectos de la actual crisis sobre los mayores de 52 años y los procedentes de prejubilaciones impulsados por EREs (hoy, el 30% de los pensionistas accede desde el desempleo, siendo el 10% los que proceden del desempleo de los mayores de 52 años).

E. Y a partir del 2027, ¿qué?

El Gobierno y Sindicatos defienden la Reforma porque garantiza el futuro de las pensiones. Pero no definen qué futuro. A partir del 2027, estas condiciones de jubilación pactadas que determinan un importe de pensión, se adaptarán a las circunstancias demográficas de la población (estableciéndose medidas de ajuste automático).

Y es que a partir del 2027, se jubilará la generación del baby boom español (los nacidos a finales de los 60 y en la década de los 70), los que actualmente tienen 35-45 años. Un gran volumen de nuevos pensionistas (actualmente se jubilan unos 250.000 ciudadanos al año, que en aquellos años se doblará), con carreras laborales precarias (actual paro juvenil del 42%, que implica que son jóvenes que no cotizan ni contribuyen al sistema de pensiones) y que son seguidos por un “gran vacío” poblacional (iniciado a finales de los 70 y sostenido hasta el año 2000, con un ligero repunte a partir de esos años, pero con tasas de fecundidad de 1,2 hijos por mujer, claramente insuficiente para el reemplazo generacional).

A partir del 2027, si no se incrementa las fuentes de financiación del Sistema de Pensiones hasta esa fecha, los cotizantes (por volumen y bases de cotización) serán claramente insuficientes para atender a los nuevos pensionistas y mantener las prestaciones de los ya jubilados.

La advertencia está hecha. La Reforma Actual sólo sirve para ganar tiempo pero no ha incidido en la Reforma Estructural que se reclamaba para garantizar unas condiciones de jubilación futuras para todos los trabajadores. Vejez no debe significar Pobreza.

En cualquier caso, si quieren tener una jubilación digan, más les vale que empiecen a ahorrar!.

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Escrito por jjorge el 2/02/2011 - Categoría:Opinión de JEC

Nueva Charla Informativa el día 20 de Enero en Banyoles sobre Hipoteca Inversa. 10/01/2011

Cartell Informatiu Xerrada FB

Como parte de la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) de Jubilarse en Casa SL, iniciamos el año 2011 con una nueva charla informática sobre la Hipoteca Inversa, actividad divulgativa que mantenemos desde 2008.

En esta ocasión, el próximo jueves día 20 de enero, a las 17:00 h, el Casal de la Gent Gran de Banyoles nos acoge para que podamos realizar esta labor informativa.

La asistencia es pública y gratuita, para que todo el mundo que lo desee pueda conocer cómo funciona la Hipoteca Inversa y qué usos puede tener.

La charla será eminentemente didáctica para que todos los asistentes puedan evaluar si la Hipoteca Inversa les puede convenir para complementar su pensión, financiar el acceso a una residencia o a asistencia domiciliaria, evitar malvender una vivienda, hacer obras para acondicionarla o ayudar económicamente a familiares.

Recomendamos confirmar la asistencia llamando al teléfono del Casal (972 57 11 62) o bien escribiendo un e-mail a info@jubilarseencasa.es

Esperamos poderles saludar personalmente y atender todas aquellas consultas generales o particulares que quieran trasladarnos.

Lugar de Celebración

Casal de la Gent Gran de Banyoles

C/ Escultor Bohigas, 19

Banyoles, CP. 17.820, Girona

T. 972 57 11 62

F. 972 57 46 14

Ver en Google Maps: http://bit.ly/g1sVJq

Ver en Organismos Generalitat: http://bit.ly/i6ixfj

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Escrito por jjorge el 10/01/2011 - Categoría:Noticias sobre Hipoteca Inversa

Jubilarse en Casa SL y Sanitas Residencial: o cómo disponer de Atención Excelente con la mejor Hipoteca Inversa. 05/01/2011

Logo SanitasResidencial

¡El Primer Regalo de Reyes ya ha llegado!. Y menudo regalo,…

Nueva incorporación al Programa de Apoyo a Empresas e Instituciones de Jubilarse en Casa SL.

Ante la creciente demanda de Servicios Asistenciales de Calidad, Jubilarse en Casa SL prosigue su esfuerzo para acercarlos a los ciudadanos mayores de 65 años propietarios de una vivienda. Su coste ya no es una barrera de acceso sino una medida de la calidad de la atención que se recibe. Y eso es lo que realmente cuenta tanto para Jubilarse en Casa SL como para Sanitas Residencial.

Para facilitar la financiación del coste de los Servicios de Sanitas Residencial, los profesionales de Jubilarse en Casa SL están a disposición de los actuales clientes de Sanitas Residencial *1, posibles clientes y sus familiares para que puedan conocer, evaluar y contratar la mejor opción en Hipoteca Inversa que les permita disponer de los recursos económicos necesarios para hacer frente al coste de contratar los Servicios Asistenciales de Sanitas Residencial.

El servicio de orientación y asesoramiento es completamente gratuito y sin compromiso y permite a los mutualistas poder considerar las distintas alternativas económicas disponibles para hacer un uso eficiente de su patrimonio inmobiliario.

Puede contactar con Jubilarse en Casa SL en el 93 553 07 64 o bien seguirnos a través de:

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¿Busca una Plaza Residencial o en un Centro de Día y quiere saber qué puede ofrecerle Sanitas Residencial?. Llámenos y le facilitaremos información personalizada de cada Centro.

*1 Jubilarse en Casa SL colabora con Sanitas Residencial en toda España y en exclusiva en sus Centros de Catalunya, Comunidad Valenciana, País Vasco y Navarra

Escrito por jjorge el 5/01/2011 - Categoría:FiraGran 2.008

2011. Los pensionistas siguen perdiendo poder adquisitivo, especialmente en las pensiones mínimas. 31/12/2010

En las últimas semanas hemos conocido los incrementos que se aplicaran en 2011 a las Tarifas de los Servicios Básicos, aquellos que afectan al común de los ciudadanos, con independencia de su poder adquisitivo.

Repasemos algunas de estas subidas prevista sin querer extendernos demasiado en las particularidades que se encuentran en cada municipio y Comunidad:

1)      Electricidad: Sube un 9,8% la tarifa de último recurso (TUR), a la que están acogidos 17 millones de hogares.

2)      Tarifa básica del Gas Natural sube una media del 3,9% y el Butano sube un 3,13% y la bombona pasa a costar 13,19 euros.

3)      El barril de petróleo cotiza por encima de los 94 dólares y lo más seguro es que siga subiendo, lo que tendrá repercusiones en el coste del transporte y la cadena que lleva los productos hasta el consumidor final. Traducción: aumento del precio de los alimentos, bebidas, ropa, calzado,… influido también por el aumento del coste de los cereales y piensos animales, que pueden llevar a incrementar el precio del pan un 10% y la pasta un 16%.

4)      Transportes Públicos. Dependiendo del operador de cada Sistema, tenemos:

  1. Renfe ha anunciado subidas del 2,3% en los trenes AVE y Larga Distancia, del 3,1% en Cercanías y Media Distancia y del 4,1% en el servicio Avant.
  2. Metro y Autobuses suben de media el 3%.
  3. Peajes suben entre el 1,5% y el 4%.

Sin duda, el Coste de Vivir (el real, no el de las estadísticas del IPC) se va a elevar significativamente desde mañana mismo, sin descartar que durante el 2011 la presión de los mercados pueda llevar a nuevos encarecimientos del precio de la energía y a mayores presiones fiscales para reducir el déficit del Estado (posibles nuevas subidas en impuestos como el IVA y los impuestos especiales).

Pensiones

Con este panorama, los pensionistas deben afrontar el 2011 con sus pensiones congeladas a excepción de las pensiones mínimas que se revalorizan en torno al 2,3 % (pero de los que el 1,3% es debido a la desviación sobre las previsiones de inflación del Gobierno, con lo que la subida es sólo del 1%).

Las Nuevas Pensiones Mínimas

2010 (€/mes)

2011 (€/mes)

Variación

JUBILACION

Titular con 65 años o más

Con cónyuge a cargo

725,20 €

742,00 €

2,32%

Con cónyuge no a cargo

557,50 €

570,40 €

2,31%

Unidad económica unipersonal

587,80 €

601,40 €

2,31%

Titular menor de 65 años

Con cónyuge a cargo

679,70 €

695,40 €

2,31%

Titular con 65 años procedente de gran invalidez

Con cónyuge a cargo

1.087,80 €

1.113,00 €

2,32%

INCAPACIDAD PERMANENTE

Gran Invalidez

Con cónyuge a cargo

1.087,80 €

1.113,00 €

2,32%

Absoluta

Con cónyuge a cargo

725,20 €

742,00 €

2,32%

Con cónyuge no a cargo

557,50 €

570,40 €

2,31%

Unidad económica unipersonal

587,80 €

601,40 €

2,31%

VIUDEDAD

Titular con cargas familiares

679,70 €

695,40 €

2,31%

ORFANDAD

179,40 €

183,70 €

2,40%

SOVI

375,70 €

384,50 €

2,34%

PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS

339,70 €

347,60 €

2,33%

Como el resto de los ciudadanos, los pensionistas deberán ser mucho más selectivos en cuanto a sus patrones de gasto, restringir gastos superfluos, con la dificultad de no poder disponer de mayores ingresos, menos prestaciones públicas y menor capacidad de ayuda familiar y de haber consumido ya parte de sus ahorros. ¿Qué más podemos hacer?.

A nivel personal, seguir utilizando eficientemente el patrimonio que uno ha acumulado en vida como ya han realizado muchos pensionistas. Esta decisión debe ser tomada con pleno conocimiento de sus efectos y a ello nos prestamos los profesionales de Jubilarse en Casa SL tal y como venimos haciendo de forma creciente desde 2007. ¿Ha llegado ya la hora de plantearse formalizar una Hipoteca Inversa?. Antes, asesórese sobre sus características, pros y contras, para que contratarla le suponga una mejora real de su Calidad de Vida y Autonomía Económica.

2011 será un año difícil pero los propietarios de viviendas disponen de la Hipoteca Inversa para que envejecer no signifique vivir peor.

JUBILARSE EN CASA SL, siempre a su lado, ofreciendo Soluciones con la Mejor Hipoteca Inversa

¿Quiere saber qué hacemos?

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Escrito por jjorge el 31/12/2010 - Categoría:Opinión de JEC

Jubilarse en Casa SL facilita el acceso a los servicios asistenciales para personas mayores de Grup Mutuam en Catalunya. 29/12/10

mutuam

En su programa de apoyo a las Empresas e Instituciones que ofrecen Servicios Asistenciales a personas mayores, tales como Servicios de Asistencia Domiciliaria (SAD), Centros de Día y Residencias de Mayores, Jubilarse en Casa SL y Grup Mutuam han formalizado un Convenio de Colaboración.

Con este acuerdo, los mutualistas de Grup Mutuam disponen del asesoramiento personalizado y preferente que ponen a su disposición los profesionales de Jubilarse en Casa SL, para que puedan conocer, evaluar y contratar la mejor opción en Hipoteca Inversa que les permita disponer de los recursos económicos necesarios para hacer frente al coste de contratar alguno de los servicios asistenciales de Grup Mutuam y los englobados en su Servicio para Personas Mayores.

El servicio de orientación y asesoramiento es completamente gratuito y sin compromiso y permite a los mutualistas poder considerar las distintas alternativas económicas disponibles para hacer un uso eficiente de su patrimonio inmobiliario.

Ello también permitirá a Jubilarse en Casa facilitar a sus clientes y usuarios una completa información sobre los servicios asistenciales para personas mayores de Grupo Mutuam para que contratar también el mejor servicio posible cuente con el asesoramiento experto de los profesionales de Jubilarse en Casa SL.

Puede contactar con Jubilarse en Casa SL en el 93 553 07 64 o bien seguirnos a través de:

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Escrito por jjorge el 29/12/2010 - Categoría:Noticias sobre Hipoteca Inversa